A nivel legal, no existen límites a los ingresos o retiradas de efectivo en el banco. Puedes hacer las operaciones que quieras (y puedas) siempre que quieras. Sin embargo, no todas van a pasar desapercibidas. Y es que el banco está obligado a avisar a Hacienda en determinados casos, sobre todo relacionados con algunas cantidades.
¿Con qué operaciones el banco debe avisar a Hacienda de un ingreso?
Las cantidades con las que el banco avisará a Hacienda también dependerán del tipo de operación que vayas a realizar:
- Operaciones con billetes de 500 EUR: Sin importar qué cantidad de billetes, si una operación de ingreso contiene este tipo de billetes, el banco avisará a Hacienda.
- Operaciones superiores a los 10.000 EUR: Cuando envías o recibes más de 10.000 EUR a un país diferente, incluso dentro de la UE, el banco avisará a Hacienda de ello.
- Pagos en metálico superiores a 3.000 EUR: cuando ingresas o retiras cantidades superiores a 3000 euros, el banco también avisará a hacienda. De hecho, seguramente debas avisar antes al banco, puesto que no suelen disponer de mucho más dinero en efectivo en las sucursales.
- Cualquier préstamo/crédito superior a 6.000 EUR: cualquier empréstito que supere los 6.000 EUR no pasará inadvertido para el fisco.
- Ingresos recurrentes: si recibes ingresos recurrentes de una misma fuente, independientemente de las cantidades, el banco avisará igualmente a Hacienda.
Límites para sacar dinero del banco
Puedes extraer cualquier cantidad del banco (aunque si es muy grande, debes avisar a la sucursal para que puedan disponer de ella). Si esta cantidad es superior a los 3.000 EUR, el banco está obligado a avisar a Hacienda.
También sucede en caso contrario: si vas a ingresar 3.000 EUR o más, el banco también avisará a Hacienda. Siempre que Hacienda tenga en conocimiento cualquiera de estos movimientos, podrá exigir explicaciones de la motivación y procedencia de la operación.
En cualquier caso, no hay que confundir aviso con obligación tributaria. Una cosa es que el banco haya de informar a Hacienda y otra si estas operaciones tributan o no.
¿Qué implicaciones fiscales tienen los ingresos y las retiradas de dinero?
Los ingresos y retiradas de dinero en efectivo no tributan a hacienda. No tiene en sí una obligación fiscal. Eso sí, en caso de que el movimiento bancario supera los 100.000 EUR, habrás de notificarlo a través del modelo S1.((Puedes ver el modelo S1 aquí))
Otra cosa es que Hacienda puede exigirte que expliques de dónde procede el capital en el caso de los ingresos. Y es que, el origen del dinero, que no el ingreso, puede deberse a una ganancia patrimonial gravadas por el IRPF. Habremos, pues, de demostrar que el dinero es legítimo.
Este es un problema común cuando se ingresa dinero que se ha ahorrado poco a poco en casa o bajo el colchón para unas vacaciones o cualquier otro gasto extraordinario. Si la AEAT considera que las explicaciones no son suficientes, lo acabará apuntando como una ganancia patrimonial por la que habrás de pagar en la declaración de la renta, y, si procede, podrían imponerte una multa.
Ingresos desde un cajero
Cualquier operación de ingreso a cuenta que supere los 3.000 EUR desde un cajero será puesta en conocimiento de Hacienda. Por supuesto, no se considera un ingreso stricto sensu una transferencia realizada en un cajero. En este sentido, da igual si has acudido a un cajero o a una sucursal, el banco avisará a la AEAT.
De hecho, al hacer el ingreso desde el cajero lo que haces es ingresar generalmente en efectivo y en metálico, al igual que cuando lo retiras, que recibes dinero contante y sonante.
Cualquier abono en cuenta que supere los 3.000 EUR en metálico quedará registrado por el banco y se informará a Hacienda sobre el mismo. Esto también se aplica a las retiradas de efectivo solo que nadie suele sacar 3.000 EUR, además de que es necesario avisar al banco previamente porque no suelen disponer de tanto efectivo.
Qué hace Hacienda con esos datos
La Agencia Tributaria recibe toda esta información de los bancos y la analiza. Si considera que hay algún patrón o movimiento sospechoso, puede pedir explicaciones sobre la procedencia de ese dinero y multarnos si no podemos justificar de dónde sale.
Sanciones y multas si no demuestras la procedencia del dinero
Lo que debemos tener claro es que Hacienda puede sancionarnos y multarnos por los ingresos sin justificar que superen los 3.000 euros. En concreto, y según figura en la Ley 10/2010, de 28 de abril, las sanciones pueden alcanzar entre los 60.000 y los 150.000, además de la inhabilitación cuando se trata de cargos públicos o personas jurídicas.
La Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude, estableció medidas adicionales sobre el uso de dinero en metálico, limitando a 2.500 el pago de cantidades en metálico por servicios a empresas y autónomos.
El siguiente cuadro muestra la relación de sanciones y multas que puede poner la AEAT.
Otros datos que el banco dará a Hacienda
El ingreso en cuenta bancaria no es lo único de lo que tu banco se chivará a la Agencia Tributaria. La comunicación entre las entidades financieras y la AEAT es fluida y, de hecho, es lo que permite que tus datos bancarios y los de tus cuentas aparezcan reflejados en el borrador de la declaración de la renta.
Esta la lista completa de elementos y operaciones de las que el banco informará puntualmente a Hacienda
- Transacciones con billetes de 500 euros Si el billete es de 500 da igual que hablemos de 3.000 euros o de 500 euros. La entidad financiera informará a Hacienda sobre el ingreso siguiendo el dictamen del Tribunal Supremo. Esta es una de las medidas establecidas para la lucha contra el blanqueo de capitales.
- Operaciones que superen los 10.000 euros. Cualquier traspaso por un importe superior, compra de acciones o cualquier otra operación por encima de esa cifra será comunicada a la AEAT.
- Pagos y cobros por más de 3.000 euros siempre que se realicen en metálico.
- Préstamos y créditos por más de 6.000 euros. Esto sirve, entre otras cosas, para ofrecer datos sobre el manejo que hacemos del dinero y para ver si después esos capitales se reflejan en las cuentas fiscales de cada contribuyente
Los datos que dará el banco sobre cada operación
El banco comunicará a Hacienda y al Banco de España el nombre del titular de la cuenta a la que se realizó el abono o de la que se retiró el dinero, así como del importe concreto. Además, dependiendo de la forma de ingreso, también puede aparecer consignado el nombre de quien puso el dinero en la cuenta.
Cuánto tienes tú la obligación de informar a Hacienda
Al hacer la declaración de la renta deberás informar a Hacienda de tus ingresos, pero no necesariamente de tus movimientos bancarios. De hecho, en los datos fiscales del IRPF lo que aparece es un resumen de ingresos, no de movimientos.
Sin embargo, esto no quiere decir que no tengamos ciertas obligaciones como contribuyentes. En concreto, todos debemos informar por nuestra cuenta de las operaciones que superen ciertos límites.
Estas son las cifras que debes tener en mente:
- Transferencias, recepción y envío fuera de cantidades equivalentes a 10.000 euros o su equivalente en la moneda extranjera que se reciba. Esto aplica incluso dentro de la Unión Europea (UE).
- Entrar o sacar de España más de 10.000 euros en efectivo.
- Movimientos bancarios y movimientos en metálico de más de 100.000 euros dentro de España.
Para informar a Hacienda de estos movimientos hay que rellenar y presentar el Modelo S1 de Hacienda.